¿Tu administrador no responde? Cambiarlo es tu derecho.
Rendiciones que no llegan, gastos que nadie explica, certificaciones vencidas, silencio. La Ley 21.442 le da a tu comunidad el poder de remover al administrador — pero hacerlo desordenado sale caro. Estos son los pasos.
Los 5 pasos para un cambio ordenado
Orientación general para comités. No reemplaza la asesoría legal de tu caso.
Revisa las reglas de tu comunidad
El reglamento de copropiedad y el acta de nombramiento definen cómo se designó al administrador y qué se pactó con él. Parte por ahí.
Documenta el incumplimiento
Rendiciones pendientes, certificaciones vencidas, acuerdos no ejecutados. Con evidencia, la decisión de la comunidad es defendible.
Llévalo a la asamblea
La designación y la remoción del administrador son decisiones de la comunidad. Cita en forma y plazo, y deja el acuerdo en acta.
Notifica y exige la rendición final
Comunica formalmente el término, pide la rendición de cuentas documentada y el estado de fondos, contratos y deudas.
Traspaso completo y verificable
Libros, actas, contratos del personal, claves, saldos y documentación técnica. Sin traspaso ordenado, los problemas del anterior pasan a ser tuyos.
El nuevo: certificado e inscrito
La Ley 21.442 creó el Registro Nacional de Administradores. Exige certificación e inscripción vigente — es tu primera protección.
El error más caro: cambiar de nombre y no de sistema
Si el reemplazo administra igual que el anterior —a mano, a su ritmo y sin visibilidad— en un año estarás en esta misma página. Lo que falló no fue solo la persona: fue una operación sin trazabilidad que el comité no podía ver ni controlar.

Antes de cambiar, revisa esto
Tres guías que le sirven a tu comité durante el proceso: cómo verificar al administrador que viene, qué mirar en la contabilidad del que se va, y qué se puede cobrar de la deuda que queda.
Verifica a tu administrador en el Registro Nacional
Cómo consultarlo en dos minutos, por qué «inscrito» no es lo mismo que «vigente», y cómo se reclama ante la SEREMI si hay que llegar a eso.
El plazo para actualizar el reglamento venció
Qué pasa si tu condominio no alcanzó, por qué no hay multa pero sí consecuencias, y por qué el acuerdo de asamblea no basta.
Cómo se roba en un edificio, y qué lo impide
Ocho casos reales con monto y fecha, el modus operandi que documentó la PDI, y por qué en Chile no hay ni una sola condena contra un administrador.
Antes de firmar con el siguiente, mide al actual
El diagnóstico gratuito te muestra las brechas reales del edificio —legal, financiera, técnica y laboral— 48 horas después de que nos llegan los documentos. Con eso la asamblea decide con datos, y el traspaso empieza ordenado.